Incorporación al COAGC

Incorporación

▼ Acceso a la actividad profesional
▼ Alta general de incorporación al COAGC
▼ Alta voluntaria en el COAGC
▼ Alta de Sociedades Profesionales en el COAGC
▼ Baja del COAGC
▼ Cuotas colegiales
▼ Enlaces de interés (gestión de título universitario)

Acceso a la actividad profesional

El acceso a la actividad profesional está recogido y regulado en el Título III de los Estatutos Particulares del COAGC, y comprende los siguientes capítulos:

  1. Colegiación y habilitación
  2. Modalidades del ejercicio profesional
  3. Derechos y deberes de los colegiados

Alta general de incorporación al COAGC

Impresos a cumplimentar:

Solicitud de Incorporación al COAGC (212 kb)
Censo del Colectivo (CSCAE) (487 kb)
Autorización para domiciliación bancaria (498 kb)
Autorización sobre cesión de datos a terceros (498 kb)
Aceptación de la información remitida por el COAGC (498 kb)

Documentación genérica:

  • Documento de identidad: DNI, NIE o Tarjeta de Residencia
  • 3 Fotografías tamaño carnet en papel fotográfico
  • Justificante de ingreso de la cuota de alta

Acreditación del título de Arquitecto:

  1. Título universitario español
  2. Titulo original o copia literal autenticada.

    En su defecto —por no haberse expedido en el momento de la incorporación— podrá solicitarse la colegiación provisional mediante la aportación de certificación académica expedida por el Rector de la Universidad correspondiente o por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Esta certificación habrá de contener la reseña de que «la titulación en Arquitectura es habilitante para el ejercicio profesional». Junto con este documento será necesario aportar una declaración de compromiso de aportación del título oficial una vez expedido.

    Compromiso de aportación del título (487 kb)

  3. Título universitario extranjero
  4. Resolución de Homologación de título extranjero de educación superior a título oficial universitario español para acceso a profesión regulada, mediante credencial expedida por la Subdirección General de Títulos y Reconocimiento de Cualificaciones del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Acreditación sobre capacidad para el ejercicio profesional

  1. Primera colegiación
  2. Arquitectos provenientes de otros colegios nacionales
  3. Certificado del colegio de arquitectos de procedencia en el que conste la baja como colegiado residente en el mismo para su incorporación al COAGC y la circunstancia de no encontrarse incapacitado o inhabilitado legalmente ni suspendido en el ejercicio profesional por sanción disciplinaria

  4. Arquitectos provenientes de otros países
  5. Informe de la Organización Profesional del Estado de origen en el que se especifiquen los antecedentes disciplinarios del arquitecto interesado y, en caso de que las hubiere, las sanciones de carácter profesional adoptadas contra el mismo.

    En su defecto, declaración de no haber estado registrado o colegiado como arquitecto en ningún país de la Unión Europea ni del Espacio Económico Europeo, ni haber ejercido la profesión de arquitecto con responsabilidad propia, y certificado de penales expedido por las autoridades competentes del estado de origen.

Alta voluntaria en el COAGC

Los arquitectos que no ejerzan la profesión o que, en razón de su modalidad de ejercicio, se encuentren legalmente dispensados del requisito de la colegiación, podrán sin embargo incorporarse al COAGC con carácter voluntario, siempre que cumplan el resto de requisitos para la colegiación. (Artículo 32.5 de los Estatutos Particulares del COAGC)

Impresos a cumplimentar:

Al procedimiento de colegiación descrito en el apartado anterior hay que añadir el siguiente impreso:

Solicitud de alta voluntaria y pago de cuota reducida (503 kb)

Alta de Sociedades Profesionales en el COAGC

Impresos a cumplimentar:

Solicitud de incoporación de Sociedad Profesional (837 kb)

Documentación a aportar:

  • Acreditación de la inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil
  • Copia simple o fotocopia compulsada de Escritura de Constitución
  • Copia simple o fotocopia compulsada de los Estatutos sociales

Baja del COAGC

Los colegiados pueden solicitar la baja colegial a petición propia, siempre que no tenga el interesado compromisos profesionales pendientes de cumplimiento o acreditando, en otro caso, la renuncia correspondiente, no se halle incurso en procedimiento disciplinario sobre el que no se hubiera producido resolución firme, no se encuentre suspendido por sanción disciplinaria firme, en tanto no dé cumplimiento a la misma, y siempre que no tenga pendientes de pago contribuciones colegiales. (Artículo 36 de los Estatutos Particulares del COAGC)

Impresos a cumplimentar:

Solicitud de baja colegial (487 kb)

Cuotas colegiales

Cuota de alta (1ª colegiación):

  • 90 €. Pago único a ingresar en al cuenta en la cuenta ES22 3183 3500 26 0000114594 (Arquia Banca).

Cuota de reincorporación:

  • 50 €. Pago único

Cuota general:

  • 75 €. Pago trimestral. Cuota arquitecto ejerciente

Cuotas bonificadas:

Nuevos colegiados que se incorporen dentro de los 2 años naturales siguientes a la obtención de su titulación:

  • 0 €. Cuota gratuita para todo el 1er año natural
  • 45 €. Pago trimestral. Cuota bonificada para el 2do año natural

Colegiados voluntarios o legalmente dispensados de la colegiación:

  • 30 €. Pago trimestral. Cuota bonificada

Enlaces de interés


Gestión de títulos universitarios

Sede electrónica del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para gestión de títulos universitarios: Expedición, acreditaciones, consultas, correspondencias, legalizaciones, homologaciones, equivalencias, reconocimientos, convenios y convalidaciones